Paralizacion de desahucios hipotecarios de Bancos
Cientos de familias al borde del desahucio y en pleno proceso de ejecución hipotecaria podrían conseguir frenar temporalmente sus procedimientos durante años.
Law Brokers,Abogados aplica estrategias jurídicas para promover demandas masivas contra los bancos y detener las ejecuciones hipotecarias, con estrategias ya avaladas por resoluciones judiciales pioneras en España.
Tratamos de dar la vuelta al proceso judicial al convertir a los demandados amenazados con desahucios en demandantes. Demandamos a los bancos por inclusión de cláusulas abusivas en los contratos y de esta forma se pueden conseguir suspensiones de los procesos de ejecución en tanto no se resuelvan esas demandas que en terminología jurídica serían «demandas de nulidad de las condiciones generales de la contratación«.
En España, aproximadamente el 90% de las hipotecas están plagadas de este tipo de cláusulas y lo que se solicita en esta demanda es que sean declaradas abusivas y nulas.
Esta acción deberá presentarse ante el Juzgado de lo Mercantil que corresponda en cada caso y va a conllevar la más que probable paralización de los procedimientos de ejecución hipotecaria que se resuelven en los Juzgados de Primera Instancia.
Con esta demanda, puede conseguirse alargar el proceso durante años, ya que si se consigue la suspensión en el Juzgado de Primera Instancia que conoce de la ejecución hipotecaria, ésta perdurará hasta que el Juzgado de lo Mercantil resuelva sobre la nulidad o no de las cláusulas impugnadas.
Se presentarían dos demandas. Una demanda de nulidad individual de condiciones generales de la contratación por una parte y una segunda demanda de solicitud de suspensión de ejecución hipotecaria por la otra. El primero de estos documentos se presentara en el Juzgado de lo Mercantil y una vez sellado, será presentado, junto con el segundo documento, ante el juzgado de primera instancia donde se lleva a cabo la ejecución hipotecaria por la entidad financiera.
El exceso de la carga de trabajo de los juzgados españoles nos beneficiará en este caso. Ello podrá contribuir a que las entidades financieras quieran sentarse a negociar con los ejecutados, posibilidad que en muchos casos se les niega.
Por otra parte, Bruselas está examinado la legislación hipotecaria española y ya han declarado que ésta vulnera la legislación comunitaria.
Recordemos que hace unos meses, la abogada general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Juliane Kokott, dictaminó que la ley española de desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza una protección eficaz de los consumidores frente a posibles cláusulas contractuales abusivas en las hipotecas.
El dictamen de la abogada general respondía a una cuestión presentada por el Juzgado de lo Mercantil 3 de Barcelona, que debe dirimir una denuncia de un ciudadano contra Catalunya Caixa, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca. El ciudadano en cuestión solicita que se declare nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo.
Con posterioridad al Mercantil 3 de Barcelona, otros juzgados han planteado cuestiones similares sobre el carácter abusivo de las cláusulas hipotecarias que se firman en el territorio nacional, y otros han decidido paralizar todos los procedimientos hipotecarios de sus juzgados en tanto el TJUE no se pronuncie.
Por otra parte, las polémicas desatadas en torno a la determinación del Euribor (caso Barclays del verano de 2012), han propiciado numerosas investigaciones que demuestran que la fijación de su índice vulnera la legislación española y que por tanto, puede solicitarse su nulidad y subsiguiente petición de que se devuelva al deudor hipotecario todas las cantidades que en concepto de interés por Euríbor ha abonado a lo largo de toda la vida del contrato, lo que podría dar lugar a que el vencimiento anticipado del préstamo fuese una falacia porque el deudor en realidad no estaría debiendo las cantidades que se le reclaman.
Personándonos en los procedimientos hipotecarios, pretendemos iniciar todas las acciones posibles en defensa de nuestros clientes, incluso la petición de la no aplicación de los intereses moratorios pactados en los contratos, que también han sido declarados abusivos y no aplicables por una sentencia del TJUE del pasado junio de 2012, que comienza a hacer eco en las Juntas de Jueces de Valencia, quienes en diciembre acordaron por unanimidad declararlos nulos de oficio o la Junta de Jueces de Madrid, que tiene previsto reunirse al efecto de esta discusión.
Y por último, si se llega a la subasta judicial y adjudicación del bien, la lucha se centraría en la consecución de la liquidación de la deuda, extremos que ya están siendo también reconocidos por algunos juzgados.
Desde nuestro despacho constatamos que las cosas están cambiando en torno a esta realidad social de los desahucios hipotecarios que nos afecta. Y que por eso ha llegado el momento de actuar e ir contra los abusos de los bancos.