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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la cual se condena a Bankia a la devolución del importe invertido en acciones de la entidad en su salida a bolsa, ordenando además la adición de los intereses legales correspondientes. La sentencia, dictada por el Pleno de la Sala de lo Civil del Alto Tribunal, garantiza la recuperación de su inversión a todos los afectados por el fraude de la OPS de la entidad.Según la nota de prensa del TS, tras el estudio de dos recursos interpuestos por Bankia, se rechaza la pretensión de ésta de suspensión de los procedimientos individuales iniciados en la vía civil por la existencia de un procedimiento penal en curso contra la entidad y se declara la nulidad de la adquisición de acciones en la OPS por los demandantes por error en el consentimiento. A pesar de que el contenido íntegro de la sentencia no se conocerá hasta que ésta sea publicada, una decisión de este tipo garantiza a todos los clientes la recuperación de la inversión íntegra más los intereses y las costas del proceso. Se trata de una gran noticia que, aunque esperada, tranquiliza definitivamente a los afectados, después de más de cuatro años de incertidumbre.No obstante, es preciso recordar a los perjudicados por este escándalo que el plazo para interponer las demandas finaliza el próximo 25 de mayo de 2016, fecha en la cual se cumplen cuatro años desde que Bankia reformuló sus cuentas, destapando así la falsedad de la información económico-financiera ofrecida por la entidad en la salida, si bien para aquellos que hayan vendido sus acciones el plazo para reclamar incluso podría finalizar antes, dado que no podrían solicitar la declaración de nulidad sino únicamente la de responsabilidad por el contenido del Folleto informativo de la OPS -cuyo plazo de prescripción es menor- la existencia del procedimiento penal seguido ante el Juzgado Central de Instrucción nº 4 de la Audiencia Nacional podría considerarse como un elemento de interrupción de dicho plazo que permitiría a los inversores cuyas acciones ya fueron vendidas reclamar aún las pérdidas sufridas.
En cualquier caso, lo recomendable es actuar cuanto antes para evitar ofrecer a Bankia cualquier argumento tendente a rechazar la reclamación por realizarse ésta fuera de plazo.
Los adquirentes posteriores al 20 de julio de 2011 también pueden reclamar.
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